Obligaciones contra incendios en Ciudad de México
La ley y el reglamento de protección civil vigentes, la autoridad competente, el Programa Interno de Protección Civil y las sanciones exactas por incumplimiento — todo con fuente oficial y fecha de verificación.
Los dominios *.cdmx.gob.mx bloquean acceso automatizado y congresocdmx.gob.mx tiene el certificado TLS mal configurado. Para textos legales de CDMX, paot.org.mx es el espejo más completo y con historial de reformas anotado.
Verificar si el instrumento vigente de bomberos es la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (última reforma localizada: 18/12/2014) o una ley CDMX posterior.
Marco legal
Si protección civil visita tu negocio en Ciudad de México, estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector y la base de todo lo que esta ficha documenta.
Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Última reforma 15/12/2023. CDMX tiene además una capa que ningún otro estado tiene: Términos de Referencia por giro (mercantiles e industriales, escuelas, espacios culturales, instituciones de salud pública), donde vive el contenido operativo real.
¿Quién manda: estado o municipio?
Estatal centralizado y digital. Es el único estado con trámite realmente estatal de extremo a extremo, mediante plataforma digital única. Las Alcaldías participan en verificación.
Bomberos
Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México — emite un dictamen INDEPENDIENTE del PIPC
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Ciudad de México, cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Art. 58 de la Ley enumera los sujetos obligados y les fija vigencias distintas por categoría: unidades habitacionales y conjuntos condominales, inmuebles del servicio público, establecimientos mercantiles de mediano y alto riesgo, escuelas públicas y privadas de todos los niveles, y hospitales. El art. 57 está derogado.
Vigencia
Variable por giro (Ley art. 58): unidades habitacionales y conjuntos condominales 5 años · inmuebles del servicio público 3 años · establecimientos mercantiles de mediano y alto riesgo 5 años · escuelas 2 años · hospitales 3 años. Lo ANUAL en CDMX es el dictamen de Bomberos, no el PIPC.
Plazos que no debes dejar pasar
Alta dentro de 120 días naturales desde la apertura (Regl. art. 39). Revalidación dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento (art. 40).
Dictamen de bomberos
Es un trámite APARTE del Programa Interno de Protección Civil: cumplir uno no te exime del otro.
- Vigencia
- Anual — "deberá ser renovado cada año" (Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos, art. 59)
- Fundamento
- Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos art. 57: los establecimientos mercantiles, industrias y empresas de mediano o alto riesgo de incendio deben contar con dictamen técnico sobre prevención de incendios. Lineamientos operativos publicados en Gaceta Oficial CDMX el 08/11/2024.
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Ley art. 2 fr. LXIV (definición), art. 14 fr. XIX y XXIII (registro y capacitación), art. 20 fr. XX (revocación)
- Refrendo
- Capacitación anual obligatoria; la SGIRPC publica el padrón mensualmente
- Nota
- Es el registro más formal del país. Existe además la figura del ROPC (Responsable Oficial de Protección Civil), que es quien ingresa el PIPC en la plataforma digital.
Equipo exigido por la normativa de CDMX
Esto es lo que la ley y el reglamento de Ciudad de México exigen textualmente en equipo, con el artículo exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría. Todo lo que no aparece aquí se rige por la NOM-002-STPS-2010.
Ley art. 88
los edificios de la administración pública requieren sistema de detección, alarma y supresión de incendios.
Ver sistemas de detección y alarma contra incendioLey art. 90
alertamiento audible obligatorio en inmuebles de más de 30 m de altura o más de 6,000 m², o que alojen más de 250 personas; más hospitales, escuelas, terminales, estadios y almacenamiento de tóxicos o inflamables.
Ver sistemas de detección y alarma contra incendioReglamento art. 49
brigada de prevención y combate de incendio con certificación anual.
Reglamento art. 56
bitácora de mantenimiento y recarga de extintores al revalidar el programa.
Ver extintores contra incendio certificados NOM-154Reglamento de Construcciones art. 109
todas las edificaciones deben contar con instalaciones y equipos para prevenir y combatir incendios, mantenidos operativos, con bitácora de pruebas cuando se requiera Visto Bueno.
Reglamento de Construcciones art. 112
en riesgo alto, el diseño, selección, ubicación e instalación de sistemas contra incendio debe estar avalado por Corresponsable en Instalaciones.
Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico §4.4
rociadores, conexiones de manguera, extintores, detección y alarma según la ocupación del inmueble — el cuerpo de requisitos más detallado del país. La tabla completa, giro por giro, está en las guías de CDMX de este directorio.
Ver sistemas de rociadores automáticos¿Te falta algo de esta lista? Te lo cotizamos con ficha técnica y documentación para tu auditoría en CDMX.
Cotizar por WhatsAppSanciones en CDMX
- Rango
- 200 a 5,000 UMA (≈$23,462 a $586,550)
- Fundamento
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, Título Octavo, Capítulo II, art. 221 fr. IV: no contar con el Programa Interno o Especial estando obligado a ello, o que dicho Programa no cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.
- Clausura
- No hay clausura directa por esta fracción. Solo suspensión parcial o total de actividades en caso de riesgo inminente, previo desahogo del procedimiento preventivo del Reglamento.
- Reincidencia
- Hasta el doble del monto impuesto, sin exceder el máximo (art. 221, último párrafo)
- Nota
- ⚠️ El catálogo de multas en UMA NO viene del texto original de 2019: se añadió por la reforma del 02/03/2021. En la versión de la GO 05/06/2019 el capítulo de sanciones (arts. 219-221) solo trataba mal uso de números de emergencia y responsabilidad de servidores públicos. || La sanción que realmente muerde está en OTRA ley: Ley de Establecimientos Mercantiles art. 68 — establecimientos de impacto vecinal 5,000 a 15,000 UMA, de impacto zonal 15,000 a 25,000 UMA, "asimismo, con clausura permanente". El art. 70 fr. IX prevé además clausura temporal. || Ojo: los arts. 64-67 de la LEM usan "Unidad de Cuenta de la Ciudad de México", una unidad distinta; el art. 68 usa UMA. No mezclar.
Giros con guía específica en CDMX
Cada guía cruza lo que exige la NOM-002-STPS-2010 en ese giro con los umbrales, trámites y sanciones de Ciudad de México — la combinación exacta que aplica a tu negocio.
Hoteles
Hoteles, moteles, hostales, resorts, aparthoteles y cualquier establecimiento de hospedaje temporal.
Ver guía en CDMXHospitales
Hospitales de segundo y tercer nivel, clínicas, consultorios, unidades de atención ambulatoria y laboratorios clínicos.
Ver guía en CDMXRestaurantes
Establecimientos de consumo de alimentos y bebidas, cocinas comerciales e industriales, food courts y servicios de banquetes.
Ver guía en CDMXEscuelas y guarderías
Guarderías, estancias infantiles, preescolar, primaria, secundaria, media superior, universidades y centros de capacitación.
Ver guía en CDMXCentros comerciales
Plazas comerciales, centros comerciales, tiendas de autoservicio, cines, teatros, auditorios, estadios y salas de espectáculos.
Ver guía en CDMXOficinas
Oficinas administrativas, corporativos, despachos profesionales, coworkings y centros de servicios.
Ver guía en CDMXBodegas y CEDIS
Bodegas, almacenes, centros de distribución, cross-docks, operadores logísticos y almacenaje en rack.
Ver guía en CDMXIndustria
Plantas de manufactura, maquiladoras, procesamiento, ensamble, talleres industriales y parques industriales.
Ver guía en CDMXGimnasios y salones
Gimnasios, estudios de acondicionamiento físico, spas, albercas, salones de eventos, salones de fiesta y boliches.
Ver guía en CDMXChecklist de cumplimiento — Ciudad de México
Marca lo que ya tienes. Lo que quede sin marcar es tu brecha de cumplimiento.
Exigido por la normativa local
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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en Ciudad de México igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
Leer la guía completaFuentes consultadas
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX, texto consolidado al 28/04/2023
- Reglamento de la Ley GIRPC, reforma 15/12/2023
- Ley de Establecimientos Mercantiles para la CDMX, consolidada a la reforma GO 04/08/2023
- Plataforma Digital de Programas Internos, SGIRPC
- Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico, Gaceta Oficial CDMX 12/12/2024
Espejo significa que el texto se consultó en una copia publicada por un organismo público o académico, no en el portal primario. Se usa cuando el portal oficial bloquea el acceso o sirve una versión desactualizada. El contenido es el mismo, pero conviene saberlo si el dato va a soportar un dictamen.