Obligaciones contra incendios en Tabasco
La ley y el reglamento de protección civil vigentes, la autoridad competente, el Programa Interno de Protección Civil y las sanciones exactas por incumplimiento — todo con fuente oficial y fecha de verificación.
El Reglamento se obtuvo de un espejo municipal (Ayuntamiento de Emiliano Zapata) porque el portal oficial tabasco.gob.mx rechazó la conexión de forma consistente — es un escaneo de imagen del Periódico Oficial (no PDF con texto nativo), procesado con OCR y verificado visualmente contra la imagen original en los artículos de sanciones.
Sin cruces publicables: no se localizó un umbral numérico de aforo/superficie ni una lista cerrada de giros directamente en la Ley o el Reglamento estatales — ese detalle vive en reglamentos municipales (p. ej. Centro, Tabasco), fuera de esta investigación.
Marco legal
Si protección civil visita tu negocio en Tabasco, estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector y la base de todo lo que esta ficha documenta.
Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco
El portal oficial tabasco.gob.mx/leyes/estatales/reglamento/pdf/776 rechazó la conexión de forma consistente (TLS reset) — se usó en su lugar un espejo del Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Tabasco, que aloja el escaneo íntegro del Periódico Oficial del 4/11/2015 (verificado visualmente, no solo por OCR). Este Reglamento sí corresponde a la Ley vigente (post-reforma 2015): sus Considerandos citan el Decreto 185 original y el Decreto 217 de reforma. Existe un tercer PDF fechado 27/05/2000 en otro portal municipal que es el reglamento de la ley de 1998, YA DEROGADA (el propio Transitorio Segundo de este Reglamento de 2015 lo abroga expresamente) — descartado.
¿Quién manda: estado o municipio?
no verificado — se buscó "bomberos" en el texto completo de la Ley y del Reglamento vigentes: cero coincidencias en ambos. Ni la Ley ni el Reglamento estatal mencionan cuerpos de bomberos ni les otorgan facultades (el Reglamento de 2000, ya derogado, sí lo hacía).
Bomberos
no verificado
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Tabasco, cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Ley art. 41: obligación amplia para inmuebles e instalaciones de dependencias, entidades, industrias o empresas de los sectores público, privado y social, sin umbral mínimo. Ley art. 49 añade obligación específica para establecimientos con afluencia masiva de personas.
Vigencia
Reglamento art. 33.B fracc. IX: "Tendrá una vigencia anual y deberá ser actualizado y revisado, al menos, con una periodicidad no superior a dos años" (vigencia anual).
Ante quién se tramita
Ante la autoridad estatal.
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Figura de "Consultor Externo" con Registro Estatal ante el Instituto (Ley art. 23 fracc. XIX; Reglamento Título Sexto, arts. 65-69). Persona física o moral que debe acreditar certificación de institución de educación superior o gubernamental en protección civil. Operar sin este registro es infracción sancionable (Reglamento art. 108 fracc. III).
- Refrendo
- no verificado
Equipo exigido por la normativa de Tab.
Esto es lo que la ley y el reglamento de Tabasco exigen textualmente en equipo, con el artículo exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría. Todo lo que no aparece aquí se rige por la NOM-002-STPS-2010.
no verificado — no hay en la Ley ni en el Reglamento estatal ninguna cantidad específica de extintores ni especificación técnica de equipo; el Reglamento (art. 33.A.a) solo exige genéricamente "Equipos de seguridad" como componente del programa, sin cifras.
Ver extintores contra incendio certificados NOM-154¿Te falta algo de esta lista? Te lo cotizamos con ficha técnica y documentación para tu auditoría en Tab..
Cotizar por WhatsAppSanciones en Tab.
- Rango
- 300 a 600 días de salario mínimo
- Fundamento
- Reglamento art. 115, escala por fracción del art. 108: 300-399 días de salario mínimo (fracciones II, III y VII: obstaculizar inspección/auxilio, dar asesoría sin registro); 400-500 días (fracciones I y IV); 501-600 días (fracciones V y VI, incluye no contar con Unidad Interna o PIPC). La Ley (art. 80) fija los TIPOS de sanción pero remite el monto al Reglamento.
- Clausura
- Reglamento art. 115 fracc. IV: temporal (riesgo subsanable, incluida reincidencia por 3ª vez), total (riesgo inminente) o definitiva (riesgo grave no subsanable tras inspección).
- Reincidencia
- Ley art. 80 y Reglamento art. 115, párrafo final: "En caso de reincidencia se impondrá el doble del monto originalmente impuesto."
- Nota
- Unidad textual: "días de salario mínimo general vigente" — NO UMA. El Reglamento (2015) reglamenta correctamente la Ley vigente; capítulo de sanciones (Título Noveno, arts. 107-125) verificado íntegro, incluyendo revisión visual de las páginas clave (no solo OCR) para eliminar riesgo de error en las cifras.
Esta ley sigue expresando la sanción en días de salario mínimo, no en UMA. Conviene decirlo al presupuestar: no es un error de esta página, es cómo sigue redactada la ley.
Giros con guía específica en Tab.
Cada guía cruza lo que exige la NOM-002-STPS-2010 en ese giro con los umbrales, trámites y sanciones de Tabasco — la combinación exacta que aplica a tu negocio.
Restaurantes
Establecimientos de consumo de alimentos y bebidas, cocinas comerciales e industriales, food courts y servicios de banquetes.
Ver guía en Tab.Hoteles
Hoteles, moteles, hostales, resorts, aparthoteles y cualquier establecimiento de hospedaje temporal.
Ver guía en Tab.Hospitales
Hospitales de segundo y tercer nivel, clínicas, consultorios, unidades de atención ambulatoria y laboratorios clínicos.
Ver guía en Tab.Escuelas y guarderías
Guarderías, estancias infantiles, preescolar, primaria, secundaria, media superior, universidades y centros de capacitación.
Ver guía en Tab.Industria
Plantas de manufactura, maquiladoras, procesamiento, ensamble, talleres industriales y parques industriales.
Ver guía en Tab.Bodegas y CEDIS
Bodegas, almacenes, centros de distribución, cross-docks, operadores logísticos y almacenaje en rack.
Ver guía en Tab.Centros comerciales
Plazas comerciales, centros comerciales, tiendas de autoservicio, cines, teatros, auditorios, estadios y salas de espectáculos.
Ver guía en Tab.Oficinas
Oficinas administrativas, corporativos, despachos profesionales, coworkings y centros de servicios.
Ver guía en Tab.Gimnasios y salones
Gimnasios, estudios de acondicionamiento físico, spas, albercas, salones de eventos, salones de fiesta y boliches.
Ver guía en Tab.Checklist de cumplimiento — Tabasco
Marca lo que ya tienes. Lo que quede sin marcar es tu brecha de cumplimiento.
Exigido por la normativa local
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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en Tabasco igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
Leer la guía completaFuentes consultadas
- Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco (H. Congreso del Estado de Tabasco)
- Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco (espejo: Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Tabasco)
Espejo significa que el texto se consultó en una copia publicada por un organismo público o académico, no en el portal primario. Se usa cuando el portal oficial bloquea el acceso o sirve una versión desactualizada. El contenido es el mismo, pero conviene saberlo si el dato va a soportar un dictamen.