Obligaciones contra incendios en Oaxaca
La ley y el reglamento de protección civil vigentes, la autoridad competente, el Programa Interno de Protección Civil y las sanciones exactas por incumplimiento — todo con fuente oficial y fecha de verificación.
Trampa de ley abrogada: existe una "Ley de Protección Civil para el Estado de Oaxaca" (nombre corto, anterior, Decreto 1360, archivo "L_Abrogada_042.pdf" en el propio portal del Congreso) ya ABROGADA y sustituida por la actual "Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres" — Justia y otros agregadores indexan ambas bajo nombres casi idénticos; no se usó ninguna de las dos versiones de Justia.
Fecha de publicación original de la Ley (Decreto 667) NO_VERIFICADA pese a búsqueda extensa: el Congreso de Oaxaca solo publica versiones ya integradas con el historial de reformas visible en cada PDF (Decreto 1244/2015, 727/2017, 1287 y 1673/2020, 2928/2021, 769/786/962/2023, 2224/2024, 623 y 659/2025), pero ninguna fuente admisible consultada mostró la fecha original de promulgación del Decreto 667 mismo.
Sin cruces publicables: no se localizó, en las secciones alcanzadas de la Ley, un umbral numérico de aforo/superficie ni una lista cerrada de giros — el art. 68 obliga en términos genéricos a "industrias o empresas" de cualquier sector.
Sin Reglamento sustantivo de la Ley (ver nota en `reglamento`) — a diferencia de la mayoría de estados de fase 4, Oaxaca solo tiene un reglamento interno organizacional de la Coordinación Estatal.
Sanciones: confirmadas contra el texto íntegro de la Ley (arts. 118-121, Capítulo III "De las Sanciones") tras descargar el PDF directo del Congreso — ver nota en `sanciones`.
Marco legal
Si protección civil visita tu negocio en Oaxaca, estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector y la base de todo lo que esta ficha documenta.
El único "Reglamento" propio localizado en el portal oficial de la Coordinación Estatal es el "Reglamento Interno de la Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos" — un reglamento ORGANIZACIONAL de la propia dependencia (estructura, facultades internas), no un Reglamento de la Ley que regule obligaciones de negocios/PIPC/sanciones, que es el tipo de instrumento que este campo describe en el resto del directorio. No se localizó un Reglamento sustantivo de la Ley.
¿Quién manda: estado o municipio?
no verificado
Bomberos
no verificado
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Oaxaca, cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Ley art. 68 (citado por la propia guía oficial "Programa Interno de Protección Civil — Guía 2022" de la Coordinación Estatal): deben integrar una Unidad Interna de Protección Civil las "Dependencias, Entidades, Instituciones, Organismos, Industrias o Empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social".
Vigencia
Un año a partir de su expedición, según el trámite oficial "Expedición de la Constancia de Autorización del Programa Interno de Protección Civil" (costo publicado: 120 UMA); existe además un trámite separado de "Revalidación Anual".
Plazos que no debes dejar pasar
El trámite oficial de autorización tiene un plazo máximo de resolución de 30 días naturales (más 5 días hábiles de prevención y 5 días hábiles de respuesta del usuario si aplica) — no se localizó, aparte de este plazo de resolución de la autoridad, un plazo distinto para que el negocio dé de alta su primer Programa Interno.
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Ley art. 33, numeral 8, fracción XI: la Coordinación Estatal "concede, niega o revoca el registro y la autorización de personas físicas o morales certificadas en materia de gestión integral de riesgo y protección civil".
- Refrendo
- no verificado
Equipo exigido por la normativa de Oax.
Esto es lo que la ley y el reglamento de Oaxaca exigen textualmente en equipo, con el artículo exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría. Todo lo que no aparece aquí se rige por la NOM-002-STPS-2010.
no verificado — no se localizó, en los fragmentos consultados, un artículo que detalle cantidades específicas de extintores ni especificaciones técnicas de sistemas contra incendio.
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Cotizar por WhatsAppSanciones en Oax.
- Rango
- 25 a 50 UMA (≈$2,933 a $5,866)
- Fundamento
- Ley art. 119 fr. II: "Multa de 25 a 50 veces el valor de la unidad de medida y actualización vigente." Fr. III añade una multa adicional acumulable "por cada día que persista la infracción" — es decir, el monto puede crecer más allá del rango base de 25-50 UMA si el infractor no corrige la conducta.
- Clausura
- Art. 119 fr. IV: "Clausura temporal o permanente, parcial o total" — una de las cinco sanciones administrativas disponibles (junto con amonestación con apercibimiento, multa, multa adicional por persistencia y remisión a responsabilidad civil o penal).
- Reincidencia
- Art. 120: "Sin perjuicio de lo establecido por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en caso de reincidencia se duplicará la multa impuesta por la infracción cometida" — regla de duplicación automática, no discrecional.
- Nota
- Confianza ALTA: se descargó y leyó el texto íntegro de la Ley directamente del portal del Congreso de Oaxaca (99 páginas, sin truncamiento — se alcanzó el Decreto de reforma y los Transitorios). El Capítulo III "De las Sanciones" (arts. 118-121) fue localizado más adelante de lo esperado (Título Cuarto, no en la sección institucional donde se había buscado en un intento previo), lo que explica por qué una ronda anterior no lo alcanzó. No se usó ningún espejo de Justia/vLex/Studocu.
Giros con guía específica en Oax.
Cada guía cruza lo que exige la NOM-002-STPS-2010 en ese giro con los umbrales, trámites y sanciones de Oaxaca — la combinación exacta que aplica a tu negocio.
Restaurantes
Establecimientos de consumo de alimentos y bebidas, cocinas comerciales e industriales, food courts y servicios de banquetes.
Ver guía en Oax.Hoteles
Hoteles, moteles, hostales, resorts, aparthoteles y cualquier establecimiento de hospedaje temporal.
Ver guía en Oax.Hospitales
Hospitales de segundo y tercer nivel, clínicas, consultorios, unidades de atención ambulatoria y laboratorios clínicos.
Ver guía en Oax.Escuelas y guarderías
Guarderías, estancias infantiles, preescolar, primaria, secundaria, media superior, universidades y centros de capacitación.
Ver guía en Oax.Industria
Plantas de manufactura, maquiladoras, procesamiento, ensamble, talleres industriales y parques industriales.
Ver guía en Oax.Bodegas y CEDIS
Bodegas, almacenes, centros de distribución, cross-docks, operadores logísticos y almacenaje en rack.
Ver guía en Oax.Centros comerciales
Plazas comerciales, centros comerciales, tiendas de autoservicio, cines, teatros, auditorios, estadios y salas de espectáculos.
Ver guía en Oax.Oficinas
Oficinas administrativas, corporativos, despachos profesionales, coworkings y centros de servicios.
Ver guía en Oax.Gimnasios y salones
Gimnasios, estudios de acondicionamiento físico, spas, albercas, salones de eventos, salones de fiesta y boliches.
Ver guía en Oax.Checklist de cumplimiento — Oaxaca
Marca lo que ya tienes. Lo que quede sin marcar es tu brecha de cumplimiento.
Exigido por la normativa local
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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en Oaxaca igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
Leer la guía completaFuentes consultadas
- Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres para el Estado de Oaxaca (H. Congreso del Estado de Oaxaca)
- Programa Interno de Protección Civil — Guía 2022, Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos de Oaxaca
- Trámites, Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos, Gobierno del Estado de Oaxaca