Equipo contra incendios obligatorio para hospitales en Tab.
Dos capas de obligación, sin traslape: la NOM-002-STPS-2010 como centro de trabajo —igual que en cualquier otro estado— y lo que exige específicamente Tab. a través de su Programa Interno de Protección Civil. Esta ficha combina las dos.
El Reglamento se obtuvo de un espejo municipal (Ayuntamiento de Emiliano Zapata) porque el portal oficial tabasco.gob.mx rechazó la conexión de forma consistente — es un escaneo de imagen del Periódico Oficial (no PDF con texto nativo), procesado con OCR y verificado visualmente contra la imagen original en los artículos de sanciones.
Sin cruces publicables: no se localizó un umbral numérico de aforo/superficie ni una lista cerrada de giros directamente en la Ley o el Reglamento estatales — ese detalle vive en reglamentos municipales (p. ej. Centro, Tabasco), fuera de esta investigación.
Marco legal
Si protección civil visita a hospitales en Tab., estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector.
Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco
El portal oficial tabasco.gob.mx/leyes/estatales/reglamento/pdf/776 rechazó la conexión de forma consistente (TLS reset) — se usó en su lugar un espejo del Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Tabasco, que aloja el escaneo íntegro del Periódico Oficial del 4/11/2015 (verificado visualmente, no solo por OCR). Este Reglamento sí corresponde a la Ley vigente (post-reforma 2015): sus Considerandos citan el Decreto 185 original y el Decreto 217 de reforma. Existe un tercer PDF fechado 27/05/2000 en otro portal municipal que es el reglamento de la ley de 1998, YA DEROGADA (el propio Transitorio Segundo de este Reglamento de 2015 lo abroga expresamente) — descartado.
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Tab., cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Ley art. 41: obligación amplia para inmuebles e instalaciones de dependencias, entidades, industrias o empresas de los sectores público, privado y social, sin umbral mínimo. Ley art. 49 añade obligación específica para establecimientos con afluencia masiva de personas.
Vigencia
Reglamento art. 33.B fracc. IX: "Tendrá una vigencia anual y deberá ser actualizado y revisado, al menos, con una periodicidad no superior a dos años" (vigencia anual).
Ante quién se tramita
Ante la autoridad estatal.
Lo que exige la NOM-002 en hospitales
Aplica igual en los 32 estados, sin excepción. Esto es lo que hospitales debe tener como centro de trabajo, con el fundamento exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría.
NOM-002-STPS-2010, riesgo alto.
Extintores: 1 por cada 200 m² o fracción
Ver extintores contra incendio certificados NOM-154NOM-002-STPS-2010, riesgo alto.
Detección automática y alarma audible y visible
Ver sistemas de detección y alarma contra incendioNOM-002-STPS-2010, riesgo alto.
Brigada contra incendio y 2 simulacros al año
NOM-026-STPS-2008. Aplica directamente al ducteo de gases medicinales.
Identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías
NOM-016-SSA3-2012, §8.2 — es su única disposición de emergencias.
Manuales de procedimientos y organización para manejo de emergencias, contingencias y desastres internos o externos
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Cotizar por WhatsAppLo que exige Tab. además
Esto se suma a la NOM-002 y viene textual de la ley o el reglamento de Tab. — no es específico de hospitales, aplica a cualquier giro en la entidad.
no verificado — no hay en la Ley ni en el Reglamento estatal ninguna cantidad específica de extintores ni especificación técnica de equipo; el Reglamento (art. 33.A.a) solo exige genéricamente "Equipos de seguridad" como componente del programa, sin cifras.
Ver extintores contra incendio certificados NOM-154Autoridad y bomberos en Tab.
¿Quién manda: estado o municipio?
no verificado — se buscó "bomberos" en el texto completo de la Ley y del Reglamento vigentes: cero coincidencias en ambos. Ni la Ley ni el Reglamento estatal mencionan cuerpos de bomberos ni les otorgan facultades (el Reglamento de 2000, ya derogado, sí lo hacía).
Bomberos
no verificado
Sanciones en Tab.
- Rango
- 300 a 600 días de salario mínimo
- Fundamento
- Reglamento art. 115, escala por fracción del art. 108: 300-399 días de salario mínimo (fracciones II, III y VII: obstaculizar inspección/auxilio, dar asesoría sin registro); 400-500 días (fracciones I y IV); 501-600 días (fracciones V y VI, incluye no contar con Unidad Interna o PIPC). La Ley (art. 80) fija los TIPOS de sanción pero remite el monto al Reglamento.
- Clausura
- Reglamento art. 115 fracc. IV: temporal (riesgo subsanable, incluida reincidencia por 3ª vez), total (riesgo inminente) o definitiva (riesgo grave no subsanable tras inspección).
- Reincidencia
- Ley art. 80 y Reglamento art. 115, párrafo final: "En caso de reincidencia se impondrá el doble del monto originalmente impuesto."
- Nota
- Unidad textual: "días de salario mínimo general vigente" — NO UMA. El Reglamento (2015) reglamenta correctamente la Ley vigente; capítulo de sanciones (Título Noveno, arts. 107-125) verificado íntegro, incluyendo revisión visual de las páginas clave (no solo OCR) para eliminar riesgo de error en las cifras.
Esta ley sigue expresando la sanción en días de salario mínimo, no en UMA. Conviene decirlo al presupuestar: no es un error de esta página, es cómo sigue redactada la ley.
Otros trámites en Tab.
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Figura de "Consultor Externo" con Registro Estatal ante el Instituto (Ley art. 23 fracc. XIX; Reglamento Título Sexto, arts. 65-69). Persona física o moral que debe acreditar certificación de institución de educación superior o gubernamental en protección civil. Operar sin este registro es infracción sancionable (Reglamento art. 108 fracc. III).
- Refrendo
- no verificado
Normas que se citan por error en hospitales
Estas normas aparecen con frecuencia en cotizaciones y propuestas como fundamento de una obligación de equipo contra incendios. Revisamos el texto oficial de cada una: o están canceladas, o no aplican, o simplemente no contienen ningún requisito de incendio. Si un proveedor te las cita, pide que te muestre el artículo.
- NOM-197-SSA1-2000Cancelada
Se cita para:Justificar hidrantes y detección en hospitales
Lo que dice en realidad:CANCELADA. Fue sustituida por la NOM-016-SSA3-2012, que lleva el mismo título. Es una referencia muerta que muchos proveedores e integradores siguen usando.
Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026
- NOM-016-SSA3-2012Vigente, pero no exige equipo
Se cita para:Requisitos de protección contra incendios en hospitales
Lo que dice en realidad:Vigente, pero NO contiene requisitos de incendio. Búsqueda de "incendio, extintor, humo, detector, hidrante, rociador, evacuación, salida de emergencia, protección civil": todos ausentes. Su única disposición de emergencias es el §8.2, que exige manuales de procedimientos para el manejo de emergencias. Los gases medicinales (§§6.3-6.3.5) se regulan como infraestructura de suministro, no como protección contra incendio.
Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026
- NOM-005-SSA3-2018Vigente, pero no exige equipo
Se cita para:Requisitos de incendio en consultorios y atención ambulatoria
Lo que dice en realidad:Vigente (DOF 09/07/2020), pero con CERO menciones de incendio, extintor, detector de humo, alarma, evacuación, salida de emergencia, protección civil, gases medicinales u oxígeno. Verificación negativa firme.
Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026
Sigue explorando el directorio
Otros giros en Tab.
Hospitales en otros estados
Ver también la ficha completa de Tab. y la guía general de hospitales.
Checklist de cumplimiento — Hospitales en Tab.
Marca lo que ya tienes. Lo que quede sin marcar es tu brecha de cumplimiento.
NOM-002-STPS-2010
Tab.
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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en hospitales igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
Leer la guía completaFuentes consultadas
- Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco (H. Congreso del Estado de Tabasco)
- Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco (espejo: Ayuntamiento de Emiliano Zapata, Tabasco)
Espejo significa que el texto se consultó en una copia publicada por un organismo público o académico, no en el portal primario. Se usa cuando el portal oficial bloquea el acceso o sirve una versión desactualizada. El contenido es el mismo, pero conviene saberlo si el dato va a soportar un dictamen.



