Equipo contra incendios obligatorio para gimnasios y salones en Col.
Dos capas de obligación, sin traslape: la NOM-002-STPS-2010 como centro de trabajo —igual que en cualquier otro estado— y lo que exige específicamente Col. a través de su Programa Interno de Protección Civil. Esta ficha combina las dos.
No existe Reglamento de alcance general — el detalle operativo vive en criterios de la UEPC (no publicados) o en reglamentos municipales.
El art. 146 TER fija umbrales de aforo (1,000 / 500 en espacio cerrado) y superficie (3,000 m²) directamente en la Ley — información valiosa para contenido futuro de cruces, documentada aquí aunque no se use todavía en crucesPublicables.
Marco legal
Si protección civil visita a gimnasios y salones en Col., estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector.
No existe un Reglamento de alcance general de la Ley (el que regularía PIPC, dictámenes, terceros acreditados para particulares), pese a que el Transitorio Cuarto ordenó su emisión en 180 días hábiles. Lo único localizado es el "Reglamento Interior de la Unidad Estatal de Protección Civil" (P.O. 13/09/2025), que es puramente organizacional/interno de la UEPC (estructura orgánica, Junta de Gobierno) — no regula obligaciones de particulares. La Ley remite reiteradamente a "criterios que emita la UEPC" en vez de a un reglamento.
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Col., cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Ley art. 8: administradores, gerentes, poseedores, arrendatarios o propietarios de edificaciones con afluencia masiva de personas. Art. 9: toda empresa industrial, comercial o de servicios, sin umbral de tamaño en el texto legal.
Vigencia
Art. 98: "tendrán la vigencia que se determine en cada caso. Cuando no se establezca un término de vigencia, el programa se mantendrá en vigor, hasta que sea modificado, substituido o cancelado" — la Ley NO fija un número de años.
Ante quién se tramita
Ante la autoridad estatal.
Lo que exige la NOM-002 en gimnasios y salones
Aplica igual en los 32 estados, sin excepción. Esto es lo que gimnasios y salones debe tener como centro de trabajo, con el fundamento exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría.
NOM-002-STPS-2010.
Extintores: 1 por cada 300 m² o fracción en riesgo ordinario
Ver extintores contra incendio certificados NOM-154NOM-002-STPS-2010, Tabla 1: 10 m de recorrido máximo para Clase K.
Extintor Clase K si hay cocina (salones de eventos)
Ver extintores Clase K para fuego de aceites y grasas de cocciónNOM-001-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.
Rutas de evacuación señalizadas y salidas libres
Ver señalización fotoluminiscente NOM-003NOM-002-STPS-2010.
1 simulacro al año en riesgo ordinario
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Cotizar por WhatsAppLo que exige Col. además
Esto se suma a la NOM-002 y viene textual de la ley o el reglamento de Col. — no es específico de gimnasios y salones, aplica a cualquier giro en la entidad.
no verificado — cero coincidencias de "extintor"/"extinguidor" en el texto completo. El art. 10 solo exige genéricamente "equipo contra incendio" y señalización (excepto casa habitación unifamiliar), remitiendo normas técnicas complementarias a la UEPC (no localizadas publicadas).
Ver señalización fotoluminiscente NOM-003Autoridad y bomberos en Col.
¿Quién manda: estado o municipio?
Estatal (UEPC) con municipios facultados para su propio reglamento municipal de protección civil (art. 17 fracc. IX, art. 81 fracc. XIX).
Bomberos
H. Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Colima A.C. — solo integrante consultivo (con un representante) del Consejo Estatal de Protección Civil (art. 33 fracc. V) y del Comité Estatal de Emergencia (art. 40 fracc. III); la Ley no le otorga facultades de inspección, dictamen o sanción.
Sanciones en Col.
- Rango
- 100 a 10,000 UMA (≈$11,731 a $1,173,100)
- Fundamento
- Ley art. 149 (reformado P.O. 22/11/2016): fracc. I, 100-400 UMA para incumplir arts. 8, 9, 10, 13, 130 y 131 (PIPC, señalización/equipo contra incendio, protocolo en eventos ≥50 personas, materiales peligrosos); fracc. III, hasta 10,000 UMA para cualquier otro incumplimiento, según gravedad. Art. 148 fracc. IV fija el tope general en 10,000 UMA.
- Clausura
- Art. 148 fracc. I: clausura temporal o definitiva, parcial o total, cuando el inmueble/negocio ponga en riesgo a la población. Art. 149 fracc. II: clausura temporal en caso de reincidencia a los arts. 8, 9, 10, 13, 130 y 131 (excepto centros escolares públicos y unidades habitacionales). Art. 150: clausura definitiva y decomiso en reincidencia agravada.
- Reincidencia
- Art. 149 fracc. IV: "Las sanciones pecuniarias antes previstas, se duplicarán en los casos de reincidencia." El plazo exacto de reincidencia (art. 150) no está fijado en días/meses en la Ley, remite a "los ordenamientos jurídicos" supletorios.
- Nota
- Unidad UMA desde la reforma de desindexación del salario mínimo (Decreto 133, P.O. 22/11/2016). Además, el art. 146 TER (adicionado 24/03/2018) sí fija umbrales numéricos directamente en la Ley: "alto riesgo" desde 1,000 personas de aforo (500 en espacio cerrado) o construcción mayor a 3,000 m² — dato relevante para cruces por sector, aunque no se activa crucesPublicables en esta ronda por alcance del encargo.
Otros trámites en Col.
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Ley art. 12: particulares que ejerzan asesoría, capacitación o elaboración de PIPC requieren registro ante la UEPC. Arts. 102-103: "Consultor externo" o "Capacitador externo" con expediente (acta constitutiva, diplomado avalado por CENAPRED, constancia STPS). Art. 114: peritos deben registrarse como consultores externos, "El registro obtenido tendrá vigencia de un año y podrá ser revocado."
- Refrendo
- 1 año
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Otros giros en Col.
Gimnasios y salones en otros estados
Ver también la ficha completa de Col. y la guía general de gimnasios y salones.
Checklist de cumplimiento — Gimnasios y salones en Col.
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NOM-002-STPS-2010
Col.
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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en gimnasios y salones igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
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