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Directorio Nacional · Ficha verificada

Equipo contra incendios obligatorio para hospitales en Chih.

Dos capas de obligación, sin traslape: la NOM-002-STPS-2010 como centro de trabajo —igual que en cualquier otro estado— y lo que exige específicamente Chih. a través de su Programa Interno de Protección Civil. Esta ficha combina las dos.

Piso federal: NOM-002-STPS-2010 Programa Interno de Protección Civil Multas hasta 15,000 UMA (≈$1,759,650) Reforma reciente · 2026-04-18 Verificado · 2026-08-13

Reforma muy reciente (18/04/2026, Periódico Oficial No. 31) — a solo 4 meses de esta consulta; conviene revisar si hay una reforma más nueva antes de reutilizar estos datos en el futuro.

Sin capa municipal — Ciudad Juárez y la capital (Chihuahua) son buenos candidatos para una ronda de mejora futura.

La Base Jurídica

Marco legal

Si protección civil visita a hospitales en Chih., estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector.

La Ley

Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua

Publicada · 2015-08-26 Última reforma · 2026-04-18
Ver texto oficial
El Reglamento

Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua (Acuerdo N.° 107/2020)

Publicado · 2020-08-29
Ver texto oficial
El Trámite Obligatorio

Programa Interno de Protección Civil

Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Chih., cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.

¿Tu negocio está obligado?

Ley art. 52: obligados los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas de los sectores público, privado y social. El art. 5 fr. II fija los umbrales de riesgo que disparan la obligación: más de 1,000 personas en espacio abierto o 500 en espacio cerrado, venta de bebidas alcohólicas, construcción mayor a 3,000 m², o actividades peligrosas.

Vigencia

Reglamento art. 41: la vigencia del Programa Interno de Protección Civil es anual.

Ante quién se tramita

Ante la autoridad estatal.

Plazos que no debes dejar pasar

Reglamento art. 37 fr. IX y art. 42: actualizar e ingresar el Programa Interno anualmente ante la Coordinación Estatal, al menos 30 días hábiles antes de que venza la vigencia; la autoridad tiene 30 días hábiles para resolver el trámite.

El Piso Federal

Lo que exige la NOM-002 en hospitales

Aplica igual en los 32 estados, sin excepción. Esto es lo que hospitales debe tener como centro de trabajo, con el fundamento exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría.

NOM-002-STPS-2010, riesgo alto.

Brigada contra incendio y 2 simulacros al año

NOM-026-STPS-2008. Aplica directamente al ducteo de gases medicinales.

Identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías

NOM-016-SSA3-2012, §8.2 — es su única disposición de emergencias.

Manuales de procedimientos y organización para manejo de emergencias, contingencias y desastres internos o externos

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El Plus Estatal

Lo que exige Chih. además

Esto se suma a la NOM-002 y viene textual de la ley o el reglamento de Chih. — no es específico de hospitales, aplica a cualquier giro en la entidad.

Reglamento art. 78 fr. I y IV

señalización preventiva e informativa y dispositivos contra incendios conforme a las Normas Oficiales aplicables, sin cantidades propias — remite en la práctica a NOM-002-STPS-2010.

Ver señalización fotoluminiscente NOM-003
Quién Manda

Autoridad y bomberos en Chih.

¿Quién manda: estado o municipio?

no verificado — no se localizó un criterio explícito de reparto de competencia estado/municipio por tamaño o aforo (a diferencia de Veracruz); el trámite del Programa Interno se presenta ante la Coordinación Estatal (Reglamento art. 42), sin que se haya confirmado una vía municipal paralela para casos menores.

Bomberos

no verificado — el Reglamento (art. 59 fr. IV) solo contempla al Cuerpo de Bomberos como "elemento de emergencia" opcional en eventos de concentración masiva, no como emisor de un dictamen para inmuebles.

El Costo de No Cumplir

Sanciones en Chih.

Rango
100 a 15,000 UMA (≈$11,731 a $1,759,650)
Fundamento
Ley art. 120 (reformado): multa de 100 a 15,000 veces el valor diario de la UMA vigente al momento de la infracción — rango único para todas las infracciones de la ley, sin monto diferenciado específicamente para la ausencia de Programa Interno de Protección Civil.
Clausura
Ley art. 117 fr. III: clausura o suspensión temporal, parcial o total de una obra, instalación o establecimiento, sin exceder 30 días naturales, como sanción administrativa (además, el art. 111 fr. I la contempla por separado como medida de seguridad). Art. 121: si persiste la causa tras una segunda multa, procede clausura total o parcial.
Reincidencia
Ley art. 121: hay reincidencia cuando, firme una resolución sancionadora, se comete una nueva falta de la misma naturaleza dentro de los 6 meses siguientes; la autoridad puede duplicar la multa una sola vez.
Aparte del Programa Interno de Protección Civil

Otros trámites en Chih.

Terceros acreditados

Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.

Fundamento
Ley arts. 62-67: los particulares que presten asesoría, capacitación, evaluación o elaboración de programas requieren registro ante la autoridad de protección civil competente (art. 62), deben emitir Carta de Corresponsabilidad (art. 63), y forman parte de un padrón público de consultores externos publicado en la página oficial (art. 66).
Refrendo
no verificado — no se localizó una periodicidad de refrendo explícita (el reglamento fija simulacros semestrales obligatorios, art. 37 fr. V, pero no refrendo del registro de terceros).
Verificación

Normas que se citan por error en hospitales

Estas normas aparecen con frecuencia en cotizaciones y propuestas como fundamento de una obligación de equipo contra incendios. Revisamos el texto oficial de cada una: o están canceladas, o no aplican, o simplemente no contienen ningún requisito de incendio. Si un proveedor te las cita, pide que te muestre el artículo.

  • NOM-197-SSA1-2000Cancelada

    Se cita para:Justificar hidrantes y detección en hospitales

    Lo que dice en realidad:CANCELADA. Fue sustituida por la NOM-016-SSA3-2012, que lleva el mismo título. Es una referencia muerta que muchos proveedores e integradores siguen usando.

    Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026

  • NOM-016-SSA3-2012Vigente, pero no exige equipo

    Se cita para:Requisitos de protección contra incendios en hospitales

    Lo que dice en realidad:Vigente, pero NO contiene requisitos de incendio. Búsqueda de "incendio, extintor, humo, detector, hidrante, rociador, evacuación, salida de emergencia, protección civil": todos ausentes. Su única disposición de emergencias es el §8.2, que exige manuales de procedimientos para el manejo de emergencias. Los gases medicinales (§§6.3-6.3.5) se regulan como infraestructura de suministro, no como protección contra incendio.

    Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026

  • NOM-005-SSA3-2018Vigente, pero no exige equipo

    Se cita para:Requisitos de incendio en consultorios y atención ambulatoria

    Lo que dice en realidad:Vigente (DOF 09/07/2020), pero con CERO menciones de incendio, extintor, detector de humo, alarma, evacuación, salida de emergencia, protección civil, gases medicinales u oxígeno. Verificación negativa firme.

    Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026

Ver también la ficha completa de Chih. y la guía general de hospitales.

Checklist de cumplimiento

Checklist de cumplimiento — Hospitales en Chih.

Marca lo que ya tienes. Lo que quede sin marcar es tu brecha de cumplimiento.

NOM-002-STPS-2010

Chih.

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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en hospitales igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.

Leer la guía completa

Fuentes consultadas

  1. Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua, Gobierno del Estado de ChihuahuaFuente oficialConsultada el 13/08/2026
  2. Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua (Acuerdo N.° 107/2020), Gobierno del Estado de ChihuahuaFuente oficialConsultada el 13/08/2026