Equipo contra incendios obligatorio para escuelas y guarderías en Guanajuato
Dos capas de obligación, sin traslape: la NOM-002-STPS-2010 como centro de trabajo —igual que en cualquier otro estado— y lo que exige específicamente Guanajuato a través de su Programa Interno de Protección Civil. Esta ficha combina las dos.
El Reglamento estatal (Decreto Gubernativo 173) sí fija equipo cuantitativo propio —extintor ABC de 9 kg más uno de CO2 (art. 51)— a diferencia de Jalisco o Nuevo León, que remiten todo a la NOM-002. Es un dato de valor real para el contenido.
El dictamen o Visto Bueno de bomberos NO está unificado a nivel estatal: la Ley y el Reglamento estatal no lo exigen expresamente, y el requisito documentado (Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos) vive en el reglamento municipal de León. Tratar como trámite municipal, no estatal, en el contenido.
León tuvo su novena reforma reglamentaria el 03/10/2025; el texto municipal citado en este archivo proviene de un espejo (ordenjuridico.gob.mx) anterior a esa reforma. Cotejar numeración de artículos antes de publicar cifras específicas de León.
Marco legal
Si protección civil visita a escuelas y guarderías en Guanajuato, estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector.
Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato
Decreto Gubernativo Número 173, Periódico Oficial Año LXXXVII, Tomo CXXXVIII, Número 75. La última reforma no se localizó en el ejemplar consultado (espejo de transparencia municipal, no el portal del Congreso) — cotejar contra congresogto.gob.mx antes de citarlo como texto vigente sin reformas.
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Guanajuato, cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Reglamento art. 50: obligatorio para establecimientos con concentración mayor a 50 personas —incluyendo empleados— y para una lista expresa de giros: teatros, cines, restaurantes, discotecas, centros comerciales, escuelas, hospitales, aeropuertos, hoteles, estaciones de servicio, e industrias de mediano y alto riesgo.
Vigencia
No verificado
Ante quién se tramita
Ante la autoridad estatal o municipal, según el caso.
Lo que exige la NOM-002 en escuelas y guarderías
Aplica igual en los 32 estados, sin excepción. Esto es lo que escuelas y guarderías debe tener como centro de trabajo, con el fundamento exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría.
NOM-009-SEGOB-2015, §8.1.
Riesgo bajo: 2 extintores ABC + 1 Clase K en preparación de alimentos, mínimo 4.5 kg. Con más de 9 salas, 1 por cada 3
Ver extintores Clase K para fuego de aceites y grasas de cocciónNOM-009-SEGOB-2015, §8.2.
Riesgo medio: 1 extintor por cada 4 aulas, mínimo 2 unidades móviles ABC, más 1 Clase K. Unidades móviles de 50 kg en áreas de alto riesgo
Ver extintores Clase K para fuego de aceites y grasas de cocciónNOM-009-SEGOB-2015, §8.3.
Riesgo alto: al menos 5 extintores ABC o 1 por cada 3 aulas, ROCIADORES AUTOMÁTICOS en zonas de alto riesgo, más 1 Clase K
Ver sistemas de rociadores automáticosNOM-009-SEGOB-2015, §9.2.
Al menos 1 detector de humo en cada aula y en cada espacio destinado al cuidado de los niños, con mantenimiento preventivo mensual
Ver sistemas de detección y alarma contra incendioNOM-009-SEGOB-2015, §9.4.
Al menos 1 lámpara de emergencia automática por nivel, permanentemente cargada, sobre las rutas de evacuación
NOM-009-SEGOB-2015, §9.7.
Cuando menos 2 salidas, claro libre ≥90 cm, puertas abatibles con eje de giro vertical y barra antipánico. Prohibidas corredizas y giratorias
Ver herrajes y barras antipánico contra incendioNOM-009-SEGOB-2015, §9.3.
Gas L.P.: máximo 2 cilindros portátiles de 20 kg, ubicados FUERA del centro; tubería visible en amarillo con 2 válvulas de cierre rápido; prohibida la recarga en horario de operación; vida máxima del tanque 10 años
NOM-009-SEGOB-2015, §8.1.
Extintores a altura máxima de 1.50 m
Ver extintores contra incendio certificados NOM-154¿Te falta algo de esta lista para tu escuelas y guarderías en Guanajuato? Te lo cotizamos con ficha técnica y documentación para tu auditoría.
Cotizar por WhatsAppLo que exige Guanajuato además
Esto se suma a la NOM-002 y viene textual de la ley o el reglamento de Guanajuato — no es específico de escuelas y guarderías, aplica a cualquier giro en la entidad.
Reglamento art. 51
extinguidor con agente extintor tipo ABC de 9 kg, más uno de CO2, en los establecimientos obligados al Programa Interno.
Ver extintores ABC multipropósito certificados NOM-154Reglamento art. 50
rutas de evacuación, salidas de emergencia y señalización conforme a la normativa vigente, en los giros listados en ese artículo.
Ver señalización fotoluminiscente NOM-003Ley arts. 46-47
"señalización y equipo adecuado" y "sistema de prevención y protección", sin especificación técnica adicional en el texto legal.
Ver señalización fotoluminiscente NOM-003Autoridad y bomberos en Guanajuato
¿Quién manda: estado o municipio?
Marco estatal declarativo con ejecución municipal: el Visto Bueno del Cuerpo de Bomberos y el dictamen de seguridad se tramitan y verifican a nivel municipio (ver León), no ante la Coordinación Estatal.
Bomberos
Cuerpos de bomberos municipales — la ley estatal no crea un cuerpo único; el Heroico Cuerpo de Bomberos de León opera bajo reglamento municipal propio.
Sanciones en Guanajuato
- Rango
- 30 a 500 UMA (≈$3,519 a $58,655)
- Fundamento
- Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato, art. 95 fr. II: de 30 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria.
- Clausura
- Sí — apercibimiento, clausura temporal o definitiva, y arresto administrativo (art. 95).
- Nota
- El art. 95 no fija un multiplicador explícito de reincidencia distinto del rango general; a diferencia de CDMX o Querétaro, no hay una fracción específica para reincidencia.
Otros trámites en Guanajuato
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Ley art. 2 fr. XXI: reconoce a empresas capacitadoras de consultoría y estudio de riesgo/vulnerabilidad, e instructores profesionales independientes, registrados ante la Secretaría.
- Nota
- El procedimiento de registro y el padrón público no se localizaron en las fuentes consultadas.
Sigue explorando el directorio
Otros giros en Guanajuato
Escuelas y guarderías en otros estados
Ver también la ficha completa de Guanajuato y la guía general de escuelas y guarderías.
Checklist de cumplimiento — Escuelas y guarderías en Guanajuato
Marca lo que ya tienes. Lo que quede sin marcar es tu brecha de cumplimiento.
NOM-002-STPS-2010
Guanajuato
¿Te faltan varios de la lista?
Mándanos el checklist y te cotizamos solo lo que te falta. Asesoría técnica sin costo, y te decimos si algo de lo que te ofrecieron no era obligatorio.
La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en escuelas y guarderías igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
Leer la guía completaFuentes consultadas
- Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato, Secretaría de Seguridad Pública
- Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato (Decreto Gubernativo 173), espejo transparencia municipal Dolores Hidalgo
- Reglamento del Sistema Municipal de Protección Civil de León, Guanajuato (espejo Orden Jurídico Nacional, anterior a la reforma del 03/10/2025)
Espejo significa que el texto se consultó en una copia publicada por un organismo público o académico, no en el portal primario. Se usa cuando el portal oficial bloquea el acceso o sirve una versión desactualizada. El contenido es el mismo, pero conviene saberlo si el dato va a soportar un dictamen.



