Equipo contra incendios obligatorio para restaurantes en Tamps.
Dos capas de obligación, sin traslape: la NOM-002-STPS-2010 como centro de trabajo —igual que en cualquier otro estado— y lo que exige específicamente Tamps. a través de su Programa Interno de Protección Civil. Esta ficha combina las dos.
El Reglamento vigente (2001, sin reformas) antecede a la nueva Ley y usa terminología derogada — hay un vacío regulatorio hasta que el Estado publique un reglamento actualizado.
Sin capa municipal — Tampico, Reynosa, Matamoros y Nuevo Laredo son buenos candidatos para una ronda de mejora futura.
Marco legal
Si protección civil visita a restaurantes en Tamps., estos son los instrumentos que puede invocar. Ten el texto oficial a la mano: es tu referencia ante cualquier observación del inspector.
Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas
Este reglamento es de 2001 y no ha sido reformado desde entonces (confirmado en esta consulta), por lo que antecede por completo a la nueva Ley del Decreto 66-911 (18/12/2025): sigue usando terminología derogada como "Unidad Interna de Respuesta Inmediata" en vez de "Programa Interno de Protección Civil". Hasta que el Estado publique un reglamento nuevo, hay un vacío entre lo que exige la ley vigente y lo que detalla su reglamento.
Programa Interno de Protección Civil
Es lo primero que la autoridad pide en una visita. Aquí está quién lo debe tener en Tamps., cuánto dura y cómo se tramita — sin interpretaciones, tal como lo redacta la norma local.
¿Tu negocio está obligado?
Ley art. 65: todos los inmuebles públicos, privados o sociales deben contar con un Programa Interno de Protección Civil dictaminado, conforme a la competencia estatal o municipal fijada en los arts. 32 y 51.
Vigencia
Ley art. 65: la vigencia del Programa Interno es de un año a partir de su dictamen positivo.
Ante quién se tramita
Ante la autoridad estatal o municipal, según el caso.
Plazos que no debes dejar pasar
Ley art. 65: debe presentarse anualmente para su dictaminación ante la Coordinación Estatal o Municipal que corresponda.
Lo que exige la NOM-002 en restaurantes
Aplica igual en los 32 estados, sin excepción. Esto es lo que restaurantes debe tener como centro de trabajo, con el fundamento exacto para citarlo en tu compra o en tu auditoría.
NOM-002-STPS-2010, Tabla 1: la distancia máxima de recorrido real para fuego Clase K es de 10 m. Es la única base federal expresa del extintor tipo K.
Extintor Clase K en el área de cocción
Ver extintores Clase K para fuego de aceites y grasas de cocciónNOM-002-STPS-2010: 1 por cada 300 m² o fracción en riesgo ordinario, 1 por cada 200 m² en riesgo alto.
Extintores ABC según superficie
Ver extintores ABC multipropósito certificados NOM-154NOM-026-STPS-2008 y NOM-003-SEGOB-2011.
Señalización de rutas de evacuación y ubicación de extintores
Ver señalización fotoluminiscente NOM-003NOM-004-SEDG-2004, Diseño y construcción de instalaciones de aprovechamiento de gas L.P.
Instalación de gas L.P. conforme a norma
NOM-001-STPS-2008.
Salidas de emergencia libres, con abatimiento en sentido de la evacuación
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Cotizar por WhatsAppLo que exige Tamps. además
Esto se suma a la NOM-002 y viene textual de la ley o el reglamento de Tamps. — no es específico de restaurantes, aplica a cualquier giro en la entidad.
Ley art. 69
para dictaminar el Programa Interno se exigen "mecanismos de prevención y señalización, de conformidad con la normatividad vigente" y un "Programa Anual de Mantenimiento de Instrumentos e Infraestructura en materia de Protección Civil" — sin cantidades ni especificaciones técnicas propias.
Ver señalización fotoluminiscente NOM-003no verificado — la Ley remite a normatividad técnica adicional y al Reglamento para especificaciones de equipo contra incendios (extintores, sistemas de detección), pero el Reglamento vigente es de 2001 y no desarrolla ese detalle (ver nota en `reglamento`).
Ver sistemas de detección y alarma contra incendioAutoridad y bomberos en Tamps.
¿Quién manda: estado o municipio?
Ley art. 32 fr. LV: corresponde a la Coordinación Estatal dictaminar hospitales, cines, universidades e industrias con superficie igual o mayor a 1,500 m², entre otros de mayor envergadura. Ley art. 51 fr. V: corresponde a la Coordinación Municipal dictaminar viviendas para 5+ familias, escuelas básicas, guarderías, mercados y establecimientos menores. Ley art. 65: el Programa Interno se somete "a la Coordinación Estatal que corresponda según las competencias previstas en esta Ley" — es decir, un reparto por tipo/tamaño de inmueble, similar en estructura al de Veracruz.
Bomberos
no verificado — ni la Ley (Decreto 66-911) ni el Reglamento de 2001 contemplan explícitamente un dictamen emitido por el Cuerpo de Bomberos para inmuebles.
Sanciones en Tamps.
- Rango
- 20 a 5,000 UMA (≈$2,346 a $586,550)
- Fundamento
- Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas (Decreto 66-911, 18/12/2025), art. 165 fr. III: multa equivalente al monto de 20 a 5,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Existen además multas agravadas específicas más altas para infracciones de mayor gravedad (arts. 163-164): p. ej. 500 a 5,000 UMA por realizar eventos sin dictamen positivo de la Coordinación, o 500 a 5,000 UMA por formular Programas Internos omitiendo riesgos de hidrocarburos.
- Clausura
- Art. 165 fr. II: clausura temporal o definitiva (permanente), total o parcial de los establecimientos — una de seis sanciones posibles junto con amonestación, multa, suspensión de obras/instalaciones/servicios y cancelación de registro de tercero acreditado, acumulables entre sí atendiendo al caso (art. 165, penúltimo párrafo).
- Reincidencia
- Art. 165 fr. IV: en reincidencia, el monto de la multa podrá incrementarse sin exceder 5,000 UMA, además de la clausura definitiva (permanente) automática.
- Nota
- Confirmado contra el texto íntegro y completo (58 páginas, con transitorios) de la Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas (Decreto 66-911, publicado 18/12/2025), descargado directamente del portal oficial del Congreso de Tamaulipas el 13/08/2026 — se leyó el Capítulo de Sanciones completo (arts. 160-171), incluyendo tanto el catálogo general (art. 165) como las multas agravadas específicas (arts. 163-164). La cifra de la fuente secundaria descartada anteriormente (20-1,000 UMA, "art. 88" de la ley derogada) queda confirmada como no aplicable: la ley vigente renumeró el articulado desde cero y fija un rango distinto.
Otros trámites en Tamps.
Terceros acreditados
Quién puede elaborar y firmar tu programa ante la autoridad.
- Fundamento
- Ley art. 2 fr. LXXXII: define "Tercero acreditado" como la persona certificada y con número de registro expedido por la Escuela Nacional de Protección Civil u otras instancias de acreditación autorizadas, facultada para impartir consultoría, asesoría, evaluación y elaboración de Programas Internos y dictámenes. Ley art. 32 fr. LIII: la Coordinación Estatal tramita la constancia de registro de terceros acreditados.
- Refrendo
- no verificado — no se localizó una periodicidad de refrendo explícita para el registro de terceros acreditados.
Normas que se citan por error en restaurantes
Estas normas aparecen con frecuencia en cotizaciones y propuestas como fundamento de una obligación de equipo contra incendios. Revisamos el texto oficial de cada una: o están canceladas, o no aplican, o simplemente no contienen ningún requisito de incendio. Si un proveedor te las cita, pide que te muestre el artículo.
- NOM-251-SSA1-2009Vigente, pero no exige equipo
Se cita para:Requisitos de incendio en restaurantes y procesamiento de alimentos
Lo que dice en realidad:La palabra "incendio" aparece UNA sola vez en toda la norma, en el §5.3.4, como ejemplo de uso de agua no potable ("agua para sistema contra incendios"). Los términos extintor, fuego, campana, extracción, gas LP y emergencia están ausentes. No impone ningún requisito de protección contra incendio.
Ver texto oficialVerificado el 11/08/2026
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Otros giros en Tamps.
Restaurantes en otros estados
Ver también la ficha completa de Tamps. y la guía general de restaurantes.
Checklist de cumplimiento — Restaurantes en Tamps.
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NOM-002-STPS-2010
Tamps.
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La base de todo: la NOM-002-STPS-2010 Toda página de este directorio parte del piso federal que aplica en restaurantes igual que en el resto del país: clasificación de riesgo, extintores y requisitos por grado.
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